CODIGOS DE BIOETICA MEDICACodigo de bioética medica:Conjunto de normas o deberes particulares a los que el medico debe ajustar sus actos durante el ejercicio de cualquier rama de la medicina.
Hipocrates:”Si no cumplo con mis deberes, que la sociedad me lo demande”.
Juramento de fidelidad profesional:Declaracion de Ginebra de la Asociacion Medica Mundial.
American Medical Association y sus articulos:
1. Prestar servicio a la humanidad con pleno respeto de la dignidad del hombre.
2. Esforzarse continuamente para mejorar los conocimientos y destrezas profesionales y poner a dispocision logros a colegas.
3. Metodos de curación en base a método científico.
4. Salvaguardar al publico y protegerse de los médicos deficientes de moral o competencia profesional.
5. Se puede elegir a quien servir, en urgencia no, asumido el cuidado de un paciente no puede abandonársele, no se deben solicitar pacientes.
6. No prestar servicio en condiciones que menoscaben el libre y completo ejercicio de su juicio.
7. Limitar sus ingresos a servicios realmente prestados.
8. Buscar asesoramiento o prestarlo si se solicita o considera necesario en casos dudosos.
9. No revelar confidencias o las deficiencias de los pacientes, a menos que por ley se requiera.
10. Las responsabilidades se extienden no solo al indviduo, también a la sociedad.
American Medical Association 1997:
i. Servicio Medico competente y respeto a dignidad humana.
ii. Honestidad con colegas y pacientes, acusar a médicos deficientes.
iii. Respetar la ley, alternativas para el paciente.
iv. Respetar derechos del paciente y sus confidencias.
v. Seguir estudiando, aplicar conocimientos mas avanzados.
vi. Dar adecuada atención al paciente, y escoger libremente, excepto en urgencia.
vii. Participar en actividades que mejoren la comunidad.
Situaciones éticamente no permitidas:
• La publicidad hecha por un medico, al menos que lo permita la ley del país.
• Pago por la remisión de un paciente a un facultativo o a una institución.
Principios en cuanto a personas en prisión, detenidos, tortura o tratos penales.
i. Proteger su salud física y mental.
ii. Es delito el participar en torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
iii. Tener relación profesional con los presos, detenidos, cuya finalidad no sea enteramente preservar la salud.
iv. Favorecer el interrogatorio de personas presas, certificar que la persona se encuentra en condición de recibir tortura.
v. Participar en métodos coercitivos.
vi. No se pueden violar estos principios, nisiquiera en urgencia.
Declaracion Bioetica de Gijon 2000-Toma como base la declaración universal de los derechos humanos.
• Respetar valores y principios de convenciones previas.
• La bioética debe considerarse asignatura de las carreras medicas.
• La sociedad debe estar informada sobre adelantos médicos.
• El genoma humano es patrimonio de la humanidad.
• Se prohíbe la clonación.
• Prohibido el comercio con órganos humanos.